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Cobertura de Reclamación de Daños en los Seguros de Comercio

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- Cobertura de Reclamación de Daños en los Seguros de Comercio

La reclamación de daños es una cobertura incluida en todos los en todos los seguros de comercio. Sin embargo, las características y amplitud de esta cobertura varían mucho en función de la póliza contratada. Te indicamos a continuación qué aspectos debes tener en cuenta en relación a la cobertura de reclamación de daños en los seguros de comercio:

  • Reclamación - propietario frente inquilino: esta cobertura protege al propietario frente al inquilino de su local. Las aseguradoras no suelen ofrecer en póliza la cobertura de la reclamación - alquiler - propietario frente inquilino, pero hay aseguradoras que la cubren en póliza de manera opcional.
  • Reclamación - asistencia en redacción de escritos: esta cobertura ayuda al asegurado en la redacción de documentos jurídicos (reclamaciones por daños causados, por incumplimiento de contratos de servicios realizados con terceros, etc). Se pueden encontrar compañías que ofrecen de manera opcional en póliza la reclamación - asistencia - redacción de escritos y otras que la cubren con carácter general, pero también hay aseguradoras que no la tienen en sus pólizas.
  • Reclamación - como consumidor: esta cobertura permite al asegurado ir a la cobertura de defensa jurídica para plantear sus dudas, para saber específicamente qué tipos de bienes y servicios son reclamables. y para reclamar, judicialmente por daños y perjuicios como receptor de bienes y servicios, si lo considera oportuno. En el mercado, se pueden encontrar compañías que ofrecen de manera opcional en póliza la reclamación - como consumidor y otras que la cubren con carácter general.
  • Reclamación - impagos de clientes: esta cobertura protege al asegurado ayudándole con las reclamaciones a clientes por las facturas impagadas por los mismos por artículos o servicios vendidos. En el mercado actual, hay compañías que ofrecen de manera opcional en póliza la reclamación - impagos de clientes y otras que la cubren con carácter general, pero también encontramos compañías que no la tienen en sus pólizas.
  • Reclamación - inquilino frente a propietario: con esta cobertura la compañía da cobertura a los conflictos sufridos por los daños ocasionados con el propietario. Si estás viviendo en un piso de alquiler y se ha producido algún desperfecto en tus bienes por la falta de conservación de la vivienda, de la que es responsable el propietario, puedes reclamarle a éste el coste de los daños ocasionados. La mayoría de las compañías ofrecen de manera opcional en póliza la reclamación - inquilino frente a propietario, pero se pueden encontrar aseguradoras que la cubren con carácter general.
  • Reclamación - límite en reclamaciones/año: las aseguradoras pueden establecer límites a las reclamaciones. Hay aseguradoras que en las pólizas no tienen un límite específico de reclamaciones anuales, otras establecen límites de 2 0 5 reclamaciones. Esta cobertura la ofrecen de manera opcional en póliza la mayoría de las compañías pero se pueden encontrar aseguradoras que la cubren con carácter general.
  • Reclamación - reformas en el negocio: esta cobertura cubre las reclamaciones relativas a incumplimientos por profesionales o empresas en relación a una reforma del. negocio (obras elaboradas con licencia, y en condiciones legales). En el mercado hay aseguradoras que no tienen esta cobertura en sus pólizas, sin embargo podemos encontrar otras que si la ofrecen de forma opcional.
  • Reclamación - vecinos por incumplimiento normas o actividades molestas: esta cobertura atiende las reclamaciones por los conflictos sufridos como consecuencia del incumplimiento de normas legales de los vecinos del edificio (humos, gases, ruidos persistentes, actividades molestas, etc). Lo habitual es que esta reclamación sea opcional, si bien, hay algunas pólizas de comercio que la incluyen con carácter general.