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Cobertura de Robo en los Seguros de Comercio

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- Cobertura de Robo en los Seguros de Comercio

El robo es una cobertura incluida en todos los en todos los seguros de comercio. Sin embargo, las características y amplitud de esta cobertura varían mucho en función de la póliza contratada. Te indicamos a continuación qué aspectos debes tener en cuenta en relación a la cobertura de Robo en los seguros de comercio:

  • Robo - cambio de cerradura y reposición de llaves: las aseguradoras establecen en esta cobertura los límites monetarios para el cambio del bombín de la cerradura del establecimiento, al haber sido robadas las llaves (500. euros, 600 euros, 1.000 euros, sin límite específico). Las aseguradoras en su gran mayoría incluyen esta cobertura en la póliza de manera opcional, pero también hay aseguradoras que la incluyen en la póliza con carácter general.
  • Robo - cobertura en caso de infraseguro: las aseguradoras con esta cobertura asumen un infraseguro, en este caso de mercancías, añadiendo un porcentaje para llegar a indemnizar a valor real en caso de siniestro por pérdida total (5%, 10%, 15%, 30%, 50%). Las aseguradoras en su gran mayoría incluyen esta cobertura en la póliza de manera opcional, pero también hay aseguradoras que no la incluyen en la póliza.
  • Robo - contenido - transporte de mercancías: las aseguradoras cubren con esta cobertura el transporte terrestre de mercancías y con qué límite (300 euros, 3.000 euros, 10.000 euros, sin límite específico 10%). Las compañías incluyen esta cobertura en la póliza de manera opcional, pero hay aseguradoras que no la incluyen en la póliza.
  • Robo o atraco dentro del negocio: las aseguradoras cubren con esta cobertura la indemnización y establecen un límite de dinero, al propio asegurado o a sus empleados o clientes en caso de ser atracado dentro de su establecimiento (1 euro/por siniestro, 600 euros/por siniestro, 1.500 euros/por siniestro, 2.000 euros/por siniestro, 2.500 euros/por siniestro, 5.000 euros/por siniestro, sin límite específico). También se cubre la indemnización por atraco de los objetos personales del asegurado, cliente o de los empleados dentro del local (1 euro/por persona, 200 euros /por persona, 500 euros /por persona, 2.000 euros /por persona, 6.000 euros /por persona). Las aseguradoras en su gran mayoría incluyen esta cobertura en la póliza de manera opcional.
  • Robo de efectivo en caja fuerte: las compañías muestran en esta cobertura el importe máximo de indemnización que asumen si el asegurado sufre un robo del dinero en efectivo depositado dentro de la caja fuerte y con el local cerrado (1.500 euros, 2.500 euros. 6.000 euros, 25.000 euros, sin límite específico). Las aseguradoras en su gran mayoría incluyen esta cobertura en la póliza de manera opcional, pero también hay aseguradoras que no la incluyen en la póliza.
  • Robo - hurto: Las aseguradoras cubren con esta cobertura (sin límite específico) el hurto, pérdida o extravío de los bienes/ efectivo del asegurado. Las compañías en su gran mayoría no incluyen esta cobertura en la póliza, sin embargo hay aseguradoras que la incluyen en la póliza de manera opcional.
  • Robo - infidelidad de empleados: en esta cobertura se cubren los actos deshonestos cometidos por los empleados (desfalcos, sustracciones, fraudes, o apropiaciones indebidas) y con qué límite en euros (1.200 euros, 1.500 euros, 2.000 euros, 3.000 euros, sin límite específico) y con qué franquicia (0 a 100 euros). Las aseguradoras en su gran mayoría incluyen esta cobertura en la póliza de manera opcional, pero también hay aseguradoras que no la incluyen en la póliza.
  • Robo - objetos de escaparate: esta cobertura cubre el robo de los objetos del escaparate desde el exterior, estableciendo un límite en el importe ( 1.500 euros, 3.000 euros, sin límite específico 10%, 100%). Las aseguradoras en su gran mayoría incluyen esta cobertura en la póliza de manera opcional, pero también hay aseguradoras que no la incluyen en la póliza.
  • Robo - transporte de fondos: con esta esta cobertura las aseguradoras establecen la cantidad máxima de efectivo que asumen, si el asegurado sufre un robo en el transporte de sus fondos ( 2.500 euros, 6.000 euros, 10.000 euros, sin límite específicos, sin límite específico 10% Cdo). Las aseguradoras en su gran mayoría incluyen esta cobertura en la póliza de manera opcional.