Seguros de Comercio y Responsabilidad Civil
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Cobertura de Roturas en los Seguros de Comercio

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- Cobertura de Roturas en los Seguros de Comercio

Roturas es una cobertura incluida en todos los en todos los seguros de comercio. Sin embargo, las características y amplitud de esta cobertura varían mucho en función de la póliza contratada. Te indicamos a continuación qué aspectos debes tener en cuenta en relación a la cobertura de Roturas en los seguros de comercio:

  • Roturas en cámara frigorífica - contaminación: las aseguradoras cubren con esta cobertura los daños ocasionados por escapes de la cámara frigorífica y contaminación, vertiendo el líquido refrigerante. En el mercado hay muchas aseguradoras que incluyen esta cobertura en la póliza de manera opcional, pero también hay aseguradoras que no la ofrecen en la póliza.
  • Roturas en cámara frigorífica - alimentos/ medicamentos: las aseguradoras con esta cobertura señalan cuál es el límite de indemnización en euros (1 euro, 10.000 euros, 50.000 euros, sin límite específico) que establecen para indemnizar la pérdida de bienes perecederos y alimentos o medicamentos que han sido dañados por culpa de roturas, ausencia de líquido o averías de la cámara frigorífica o maquinaria similar. Hay muchas aseguradoras que incluyen esta cobertura en la póliza de manera opcional.
  • Roturas de cristales - cerramientos de cristales exteriores: las aseguradoras cubren con esta cobertura los cerramientos y molduras de escaparates o expositores (cobertura genérica de roturas de cristal). Hay una amplia mayoría de aseguradoras que incluyen esta cobertura en la póliza de manera opcional, pero también hay aseguradoras que la ofrecen en la póliza con carácter general.
  • Roturas de cristales - electrodomésticos: las aseguradoras enseñan en esta cobertura el grado de cobertura que otorgan a las roturas de los elementos de cristal que forman parte de electrodomésticos (puertas de horno, etc). Hay una amplia mayoría de aseguradoras que incluyen esta cobertura en la póliza de manera opcional, pero también hay aseguradoras que no la ofrecen en la póliza.
  • Roturas de cristales - placas solares: las aseguradoras exponen el grado de cobertura que otorgan a las placas solares, teniendo en cuenta la propia placa, como elemento de cristal, o el mecanismo mecánico o eléctrico. Hay aseguradoras que incluyen esta cobertura en la póliza de manera opcional, pero también hay aseguradoras que no la incluyen en la póliza.
  • Roturas de equipos electrónicos, móviles/ tabletas: las aseguradoras cubren con esta cobertura las tabletas y móviles en la cobertura de rotura de cristales (las roturas siempre en el interior del establecimiento). Hay muchas aseguradoras que no incluyen esta cobertura en la póliza, sin embargo hay aseguradoras que la ofrecen en la póliza de manera opcional.
  • Roturas de maquinaria/ equipos electrónicos: esta cobertura cubre la rotura de cajas electrónicas y ordenadores (siempre las roturas dentro del establecimiento) y tiene un límite monetario (1 euro, 50.000 euros, sin límite específico). En algunos casos se cubre la reparación si es posible, o la sustitución temporal. Hay una amplia mayoría de aseguradoras que incluyen esta cobertura en la póliza de manera opcional, pero también hay aseguradoras que no la ofrecen en la póliza.
  • Roturas - mármol - suelos: con esta cobertura las compañías cubren un suelo de mármol dentro del apartado de continente. Podemos encontrar aseguradoras que incluyen esta cobertura en la póliza de manera opcional, pero también hay aseguradoras que no la ofrecen en la póliza.
  • Roturas - mobiliario: con esta cobertura las compañías indican la cantidad máxima en euros (1.500 euros, sin límite específico) que cubre las roturas de cada elemento de mobiliario en cada siniestro. La mayoría de aseguradoras incluyen esta cobertura en la póliza de manera opcional.
  • Roturas - sanitarios: con esta cobertura las compañías exponen el límite en euros (1 euro, 3.000 euros, sin límite específico) con el que cubren la indemnización de la rotura de sanitarios en el establecimiento. Hay una gran mayoría de aseguradoras que incluyen esta cobertura en la póliza de manera opcional, pero también se pueden hallar aseguradoras que la ofrecen en la póliza con carácter general.